PREAMBULO
Los Países Miembros de la Organizacíon de Países Exportadores de Petró- leo (OPEP), en cuyo nombre se firma el presente Convenio: Conscientes de la necesidad de solidaridad de todos los países en desarro- llo en el establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional, De conformidad con el espíritu de la Declaración Solemne de los Sobe- ranos y Jefes de Estado de los Países Miembros de la OPEP proclamada en Argel, en marzo de 1975, ordenada a la promoción del desarrollo eco- nómico de todos los países en vías de desarrollo, Teniendo presente la importancia de la cooperación económica y finan- ciera entre los Países Miembros de la OPEP y los otros países en desa- rrollo, así como de la importancia del fortaleciemiento de las institucio- nes financieras colectivas de los países en desarrollo, y Deseosos de establecer una ayuda financiera colectiva para consolidar su asistencia a otros países en desarrollo, además de los instrumentos bilate- rales y multilaterales existentes, en función de los cuales ya les otorgan, individualmente, su cooperación financiera, Han acordado, consecuentemente, establecer una institución financiera internacional bajo el nombre de «Fondo OPEP para el Desarrollo Inter- nacional», según las cláusulas siguientes:
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